lunes, 30 de noviembre de 2015

Consumidores en Andalucía: La salud y seguridad.

Consumidores en Andalucía

Se considera como valor digno de protección jurídica la libertad de elección del consumidor en sus compras. La estructura de distribución de bienes y servicios de la sociedad actual merma la libertad real de elección del consumidor porque éste no puede conocer todas y cada una de las particularidades de los productos y servicios que se le ofrecen. Así el consumidor se ve obligado a contratar con empresas concretas en situación de monopolio u oligopolio (servicios de electricidad, teléfono, etc.). 

Del mismo modo, el consumidor se encuentra indefenso ante el suministro deficiente de un servicio o ante la adquisición de un producto defectuoso, por el desequilibrio de poder que existe entre productores y consumidores. Pero ¿qué pasa cuando esta indefensión afecta a nuestra salud y seguridad? ¿Qué derechos nos asisten?


Según la normativa andaluza (LDCUA) los bienes y servicios destinados a los consumidores deben ser elaborados y suministrados de modo que no presenten riesgos inaceptables para la salud y la seguridad física. En caso contrario, deberán ser retirados, suspendidos o inmovilizados por procedimientos eficaces.


¿Qué engloba el concepto “seguridad”?

  • La naturaleza del producto.
  • El uso “previsible” que vaya hacerse del mismo.
  • La información que se proporcione al consumidor.
La “información” es la herramienta básica para garantizar la seguridad, ya que lo que se pretende es generar las condiciones necesarias para un uso seguro en función de la naturaleza del producto. (Por ejemplo; en el caso de los productos químicos, y todos los artículos que en su composición lleven sustancias clasificadas como peligrosas, deberán ir envasados con las debidas garantías de seguridad y ostentar las indicaciones que adviertan el riesgo de manipulación...)

¿A qué está obligado el empresario en Andalucía para salvaguardar la seguridad y proteger la salud de los consumidores?

  • A retirar, suspender o recuperar de los consumidores cualquier bien o servicio que no se ajuste a las condiciones y requisitos exigidos o que supongan un riesgo previsible para la salud o seguridad.
  • A llevar el control de los productos susceptibles de afectar a la seguridad física de las personas, prestando especial atención a los servicios de reparación y mantenimiento.
  • Al mantenimiento de los bienes potencialmente inseguros o que contengan sustancias “peligrosas”, de forma que pueda comprobarse con rapidez el origen, distribución, destino y utilización de estos bienes inseguros.
  • Al cumplimiento de toda la normativa que se establezca acerca de la "venta ambulante”.

Prohibiciones para el empresario:
  • Almacenar productos no permitidos o prohibidos reglamentariamente.
  • Vender a domicilio de bebidas y alimentos. (sin perjuicio del reparto, de los que ya hayan adquiridos  en establecimientos comerciales autorizados)
  • Suministrar bienes que carezcan de marcas de seguridad obligatoria o de los datos mínimos que permitan identificar al responsable del bien.
  • Importar productos que no cumplan con las exigencias normativas.
  • Utilizar ingredientes, materiales y demás elementos susceptibles de generar riesgos para la salud y seguridad de las personas.

Por último es necesario conocer que ante situaciones de riesgo para la salud y seguridad de los consumidores las Administraciones Públicas pueden:
  • Adoptar medidas para la desaparición del riesgo, incluida la intervención directa sobre las personas, repercutiendo todos los gatos generados a quien con su conducta los hubiera originado, con independencia de las sanciones que, en su caso, pudieran imponerse.
  • Informar a los consumidores afectados sobre los riesgos o irregularidades existentes, sobre las medidas adoptadas, y de las precauciones procedentes tanto para protegerse del riesgo, como para eliminar las causas.
    La temática de consumo es diversa. Resulta fundamental que estemos informados para poder evitar abusos en nuestras relaciones comerciales.


viernes, 27 de noviembre de 2015

Despachos de abogados: Claves para evitar la postergación

Cómo evitar la postergación

Un día cualquiera para un profesional autónomo es un matarse a trabajar, en el caso de los despachos abogados es la pasión por nuestra profesión lo que nos hace no tirar la toalla incluso cuando nos asalten no pocas resistencias. Pero en este oficio no valen las excusas sino los esfuerzos.

Uno de los hábitos que más resta en todo este torrente de energía es el de la POSTERGACIÓN, que se define como el acto de dejar para otro rato, tareas, acciones o decisiones que realmente nos corresponde hacer, que requieren de un esfuerzo y que no llevamos a cabo.

¿Cuáles son las motivaciones que nos pueden llevar a delegar estas tareas para otro momento? ¿Que herramientas podemos utilizar?

1.- Que la acción postergada requiera demasiado esfuerzo y “que no me compense”. En este momento el beneficio es menor que el esfuerzo que implica. Cuando tenemos instaurada esta creencia el pronóstico es muy claro: No se hará. Mientras en mi fuero interno (aunque no lo reconozca) exista la creencia “no vale la pena”, esta acción quedará postergada.

2.- No quiero hacerlo: Pero no puedo asumir esta verdad y me resisto. Creando situaciones que me incomodan y angustian sin motivo. Si realmente no quiero hacerlo es que no forma parte de mis objetivos y por tanto no es necesario postergar, lo descarto de mi vida y ya está.

Las dos motivaciones se sustentan en la creencia de que “el beneficio no compensa el esfuerzo”. Esta manera de pensar puede llegar a instaurarse como un hábito, el de postergar decisiones incómodas, difíciles, pesadas, aburridas, monótonas, etc. Aunque por muchas justificaciones y excusas que sea capaz de crear, llegará un momento que deberé aceptar la realidad y las consecuencias que comporta haber decidido postergar.

Busquemos un método creativo, fácil y agradable que me permita hacer hoy lo que puedo hacer, sin levantar demasiadas resistencias. Aquí os dejamos cinco claves para evitar la acumulación de tareas tediosas.
  • Clave 1: Divide las cosas que tienes que hacer, en pequeños pasos. Así evitarás sentirte agobiado. Crea listas de tareas y ve tachando las que hayas terminado. Visualizar el trabajo hecho es muy motivador.
  • Clave 2: Aprende a decir NO. Así evitaras comprometerte en más de lo que puedes asumir.
  • Clave 3: Ser perfeccionista de manera obsesiva puede ser muy perjudicial. Intenta ser más amable contigo, no pongas como excusa el no hacer algo por no ser perfecto
  • Clave 4: Aprende a delegar, evitarás quejarte de que tienes que hacerlo todo tu y excusarte en que “no puedes”.
  • Clave 5 : Conecta con los valores.
    Uno de estos los valores es la honestidad. ¿A quién pretendo engañar? ¿Qué estoy evitando?. Cuando somos honestos no nos autoengañamos. Podemos afrontar la realidad. Sabemos que nos estamos justificando porque tenemos miedo de no ser capaces, de fracasar, de decepcionar.
    Otro de los valores es la libertad. ¿Qué estoy priorizando al tomar esta decisión? ¿A qué me estoy aferrando? Somos libres para elegir la mejor opción a corto y largo plazo. Podemos liberarnos del malestar que comporta saber que una tarea sigue pendiente por propia elección. Desde nuestra libertad podemos elegir ser la mejor versión de nosotros mismos al hacer lo correcto.

miércoles, 25 de noviembre de 2015

¿Cómo afecta el divorcio a los hijos?

Posibles conductas de los niños ante un divorcio

El divorcio es el desenlace de un vínculo afectivo, es una faceta más de la vida sentimental entre dos adultos. Cuando se termina con una relación, y esto se vive con niños a nuestro cargo, debemos ser especialmente cuidadosos para amortiguar los periodos de angustia y tristeza por los que se puede pasar.

La infancia es el periodo que va a marcar toda la existencia adulta, las mella afectiva de esta etapa es incuestionable, cuando se produce un divorcio u otra ruptura del vínculo emocional debemos asegurarnos que nuestros hijos sientan que su padre y su madre siempre serán responsables y que procurarán hacer todo lo posible para que las cosas cambien muy poco para ellos.

El divorcio es una de las situaciones más difíciles a las que va a enfrentarse un niño. Para evitar miedos, es imprescindible explicarles el divorcio con comprensión y sensibilidad, ya que una mala gestión de esta situación puede provocar en los niños una preocupación excesiva y persistente por perder a sus padres o a que les suceda algo malo, presentando “una especial resistencia o rechazo a ir a cualquier otro sitio en el que no estén sus padres”. 
 
Desde aquí os dejamos algunas respuestas que puedan aportarles consuelo y facilitar su adaptación, así como una guía de pequeñas reacciones que pueden tener los niños ante un divorcio: 

Qué reacciones pueden tener nuestros hijos ante un divorcio.

1.- ¿Por qué se va papa/mamá de casa?
Está pregunta se debe contestar de una manera objetiva, ya que los reproches y acusaciones hacia el otro progenitor puede provocar en los niños un “conflicto de lealtades”, traducido en sentimientos de confusión, necesidad de asegurar el cariño, sentimiento de traición hacia uno de ellos, les puede generar mucha inquietud y nerviosismo. Para los niños tiene mucho más interés saber dónde va a vivir el otro progenitor, y cada cuanto tiempo podrá visitarlo.

2.- ¿Tiene mamá/papá otra familia?
Los niños ante un divorcio viven grandes “sentimientos de abandono”. Viven con especial sensibilidad el “miedo a no ser queridos”, a ser “rechazados” en grupos, etc. Se traduce en timidez y dependencia emocional. Otras veces los niños se sienten desplazados por motivos justificados. Los padres deben ser especialmente cuidadosos cuando inicien una nueva relación. Aquí los niños pueden sentir que la familia «anterior» ya no ocupa el primer plano, y los niños necesitan poder seguir amando a su madre y a su padre, con independencia de la vida que éstos lleven.

3.- ¿Vais a volver a vivir juntos? ¿Cuándo vuelve papá/mamá?
Los niños después de un divorcio desarrollan intensas fantasías de reconciliación, proyectando el deseo de volver a vivir con su padre y madre. Se traduce en llevar juguetes para recordar al padre/madre ausente, querer dormir con padre/madre ausente, hablar constantemente del progenitor que no está. En este punto la sinceridad es crucial, hay que explicarles que la nueva situación es definitiva, y no causarles más dolor, ni confusión de la que de por sí ya tienen.

4.- En ningún caso hay que reprimir los sentimientos de los niños. Suelen tener “rabietas” fuertes y ataques de ira recurrentes. Es importante dejar que el niño exprese sus emociones y sentimientos y no dejarlo solo cuando esto ocurra.

Debemos tener presente en todo momento que los niños no tienen que tomar partido por ninguno de los dos progenitores después de un divorcio, si los empujamos a esto con nuestra actitud sólo estaremos causándole mucho dolor. Es nuestra responsabilidad como padres hacer todo lo posible para evitar que esta situación les deje secuelas indeseables y duraderas. Los niños no son culpables de nada. CUIDEMOS DE ELLOS CON NUESTRA ACTITUD Y RESPONSABILIDAD.

 



lunes, 23 de noviembre de 2015

DERECHOS DE CONSUMIDORES: Ofertas, promociones y publicidad.

Ofertas, promociones y publicidad. Derechos de consumidores

Dentro de la esfera de derechos que tenemos como consumidores, debemos prestar especial atención al proceso de adquisición de bienes y contratación de servicios. Los consumidores nos podemos ver en diferentes situaciones antes de formalizar un contrato. Las actividades de promoción, son una de ellas, esenciales en un entorno competitivo, y que pueden otorgar interesantes ventajas a los consumidores. Para que estas ofertas o promociones sean eficaces debemos conocer sus características, y así tomar decisiones acordes a nuestros intereses. 

Características legales de las "promociones":

1.- Las promociones tienen que incorporar una información adecuada, veraz y exacta que dé a conocer el alcance preciso de la naturaleza, características, utilidad, finalidad, condiciones jurídicas o económicas de la contratación.
2.- Prohibición de publicidad engañosa, asi como la exigencia de que las cláusulas que se utilicen en la oferta o promoción de productos o servicios se ajusten a lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley 26/84, en la redacción dada por la Ley 7/98, de 13 de abril, de Condiciones Generales de Contratación.
3.- No se admite que se presenten al consumidor como "promociones", "ventas de promoción", "ofertas", "ventas con obsequios", "obsequios" o "incentivos, aquello que, por su perduración en el tiempo, pasarán a formar parte integrante y consustancial de la forma en que se comercializa un producto o se ofrece un servicio.
4.- La oferta promocional tiene que aportar al consumidor  la ventaja o el incentivo ofertado, para esto es necesario que exista la posibilidad de comparar con las condiciones de comercialización con los productos no promocionados.
5.- Si la promoción permite su valoración económica se deberá informar sobre su valor aproximado con la expresión "en torno a … euros". En otro caso se informará que la promoción carece de valor económico.

¿Y qué ocurre si nos encontramos con gastos adicionales tras habernos acogido a una oferta o promoción? 
  • Siempre que exista un gasto adicional,la empresa comercializadora deberá obtener consentimiento EXPRESO del consumidor.
  • Se comunicará este gasto adicional de manera CLARA Y COMPRENSIBLE, y la aceptación del consumidor se realizará sobre una base de opción de inclusión. 
  • No cabe el consentimiento tácito por defecto.
  • Los empresarios no podrán cobrar por utilizar medios de pago (tales como tarjetas de crédito, pay-pal, y otros...)
  • En los casos donde el empresario no haya obtenido el consentimiento expreso, el consumidor tiene derecho al reembolso del pago adicional.
¿Cómo debemos actuar en los casos donde el contenido de la oferta publicitaria no se ajusta a la realidad del contrato?
  • Los contenidos de las ofertas, promociones o acciones publicitarias, con sus  condiciones jurídicas, económicas y garantías ofrecidas, son exigibles por los consumidores y usuarios, aun cuando no figuren expresamente en el contrato celebrado o en el documento o comprobante recibido, y debe tenerse en cuenta en la determinación del principio de conformidad del contrato.
  • En cualquier caso, prevalecerán sobre el contenido de la oferta, promoción o publicidad las claúsulas más beneficiosas para el consumidor.
Un ejemplo actual de este tipo de actuaciones ha sido protagonizado por FACUA por un posible fraude en la promoción de Movistar Fusión. Si quieres conocer más detalles PINCHA AQUÍ. 
Esperamos que el contenido de este post haya sido de interés y aprovechamiento! Del mismo modo, os dedicamos estas cortas lineas para agradeceros todas las muestras de reconocimiento y difusión virtuales que nos estais proporcionando. ¡MUCHAS GRACIAS A TODXS!  
P.D: Que la recta final de año nos proporcione una disposición mental atenta y abierta... y que no surjan mas dificultades que las naturalmente inherentes al propio curso de los acontecimientos...#mantradeabogada

jueves, 19 de noviembre de 2015

RELACION DE PAREJA II: Condiciones para que surja la armonía.

Relaciones de pareja: La armonía

Cuando se entabla una relación de pareja de manera comprometida se viven nuevas facetas del amor, y empezaremos a trabajar el vivir con armonía. Si la vida en común se vive de modo positivo, se evolucionará del amor pasional y apasionado del principio, hasta la plena compenetración, comprensión y aceptación del modo de ser del otro, a medida que se va ganando madurez. En una relación de pareja aprendemos a pensar en términos colectivos en vez del modo individual; y por las reacciones de nuestro compañero se aprenden a descubrir muchos puntos débiles de nosotros mismos.

La vida en pareja, cuando se vive bien, es el medio más completo y eficaz para alcanzar una rápida maduración afectiva y del carácter.

Pero por otra parte, en la relación de pareja van surgiendo uno por uno, todos los problemas internos que, sin darnos cuenta, aportamos a nuestras parejas. Problemas de inseguridad, de orgullo, de resentimiento, de autoritarismo. Cuando por ambas partes no existe comprensión y buena voluntad para ir superando de un modo inteligente y generoso las crisis provocadas por tales tendencias, la convivencia se convierte en una lucha permanente por la propia independencia y supremacía. Cuando esto pasa, se suele tener una actitud cerrada y atacante con la pareja, y se buscan compensaciones de todo orden fuera de nosotros mismos.

¿Cómo podemos hacer que surja la armonía en nuestras relaciones de pareja?


Aunque no hay esquemas preestablecidos, y cada pareja debe encontrar su manera afilando su sensibilidad, si existen ciertos criterios que facilitan o dificultan la relación de pareja. Según el psicólogo Joan Garriga, estas son las cinco condiciones necesarias que sirven para reconocer si estamos con una pareja que nos permitirá vivir en armonía, teniendo nuestros asuntos del corazón alegres y serenos.


1.- El primer condicionante parar que surja la armonia es que sea FÁCIL; que la relación fluya sin demasiado esfuerzo, que las cosas sean cómodas y que no tengamos que malgastar grandes cantidades de energía en emociones, o que nos obligue a luchar contra éstas. Cuando esta característica se da en la pareja, existe una comunión real, una comodidad que no es rutinaria, aquí no existen dramas ni tragedias, sólo bienestar. Todo se desenvuelve con naturalidad, las cosas resultan fáciles, y la relación fluye con naturalidad.



2.- La segunda es que se trate de personas cuya naturaleza no sea demasiado incompatible, no demasiado diferente. Que la comprensión del otro no esté mas allá de nuestras capacidades. A menudo la fascinación amorosa ignora con soberbia la incompatibilidad de dos personas, que creen amarse de buena fe, pero que carecen de la posibilidad de una comprensión verdadera. La compatibilidad del hombre y la mujer descansa sobre la diferencia, pero también sobre la posibilidad de asociación, implicación y complicidad.


3.- La tercera condición es que los miembros de la pareja sean verdaderos compañeros, que se sientan como tales, acompañados, ya que el otro es también un amigo, y la amistad no se desgasta con el curso de los años. Que puedan compartir sus peculiaridades, gustos, intereses, diferencias, complicidades. Que tengan alguien al que entienden y que les entiende. Desde este punto se enfatiza que la pareja es una relación de acompañamiento, con propósitos comunes, donde juntos miran todo los que es importante para ambos en los recovecos de sus almas.



4.- La cuarta condición es tener confianza plena en el otro. Que no sea necesario temer, desconfiar o protegerse para poder reencontrar un corazón inocente. Que el otro nos inspire confianza plena sobre la cual se pueda cimentar un amor duradero, susceptible de crecimiento. Que tengamos la certeza que el otro quiere nuestro bien. Esto es importante, porque si compartimos nuestra vida con alguien y no estamos seguros de esto, empezaremos a tensarnos y a tener miedo, y el miedo es el peor enemigo del amor y de la apertura de corazón. 
 

Ahora bien, tenemos que saber que cualquier vínculo de intimidad importante trae sus dolores, de manera que nuestra pareja en cualquier momento puede dañarnos y nosotros a ella. Confianza significa esperar que el otro cumpla sus compromisos y procure nuestro bien, pero debemos ser conscientes de que en algún momento, tal vez no lo haga, y aceptarlo teniendo la certeza de que podremos resistirlo y sobreponernos a ello. La confianza por definición no exije garantías.


5.- La quinta y última, es la más difícil de cumplir: el deseo espontáneo de que el otro esté bien, lo cual quiere decir, el deseo de que esté bien, por encima de nuestros miedos o carencias. Consiste en ver al otro con la inteligencia del corazón y no sólo a través de nuestras proyecciones y anhelos, así lo amamos como es y le damos lo que necesita y espera recibir. Se trata de encontrar la propia felicidad en la plenitud del otro.



Según nos dice el psicólogo Joan Garriga, no conoce a ninguna pareja que cumpla las cinco condiciones a rajatabla, y que aquellas parejas que sólo cumplen una o dos condiciones, lo pasan realmente mal... Os dejamos un vídeo donde explica bastante bien cómo lograr el bienestar en la pareja. Buena recta final de semana a todxs! 

 

lunes, 16 de noviembre de 2015

Los consumidores en Andalucía: Derechos básicos.

Los derechos de los consumidores en Andalucía

Desde nuestro despacho de abogados, creemos que la ciudadanía tiene el derecho a consumir productos y servicios seguros, a ser informados de manera correcta y a elegir libremente las relaciones que quieran mantener con el mundo empresarial. Vivimos en una sociedad más crítica y con mas capacidad de decisión, así que estamos mas necesitados de nuevas y eficaces respuestas.

El marco jurídico español sienta las bases de los derechos de los consumidores en la Constitución de 1978 (artículo 51), donde se hace referencia a la salud, a la seguridad y a los intereses de los consumidores a través de mecanismos eficaces para su protección. Estos principios se desarrollan por las distintas leyes autonómicas con un marco de referencia estatal. 

*A continuación os ofrecemos algunos conceptos básicos sobre este tema, pero si teneis alguna duda concreta, contáctanos, que estaremos encantados de ayudarte o bien, ponerte en contacto con los profesionales en materia de consumo que la Administración a dispuesto para la ciudadanía.

¿Qué se entiende por consumidor?

A toda persona física o jurídica que adquiera, utilice o disfrute de bienes y servicios como destinatario final. No tendrán esta consideración en el caso de que se adquieran con el fín de integrarlos en una organización empresarial o para el ejercicio de una actividad.

¿Qué es un destinatario final?
  • Persona física que adquiera un bien o servicio para el uso o disfrute personal, familiar o doméstico.
  • Persona jurídica que adquiera un bien o servicio de forma desinteresada, gratuita y sin ánimo de lucro a sus trabajadores, socios o para ella misma.
  • Entidades asociativas sin personalidad jurídica que adquieran bienes y/o servicios sin ánimo de lucro.

Normativa andaluza: Los consumidores tenemos derecho a:

1.-La protección frente a las actuaciones que ocasionen riesgos o daños para la salud, al medio ambiente, o a la seguridad en general. Los bienes y servicios destinados a los consumidores en Andalucía que no cumplan estas condiciones deben ser retirados, suspendidos o inmovilizados por procedimientos eficaces.

2.-La protección, reconocimiento y realización de tus legítimos intereses económicos y sociales.

3.-Ser indemnizado o a recibir una reparación efectiva de los daños y perjuicios que se hayan producido en los bienes consumidos o en los derechos vulnerados, siempre que no sean tu responsabilidad.

4.-Recibir una información veraz, suficiente, comprensible, inequívoca y racional sobre las operaciones y sobre los bienes y servicios que vayas a consumir.
Es muy importante saber que la oferta y publicidad de los productos no pueden inducir o generar engaño, que los precios y tarifas siempre deben quedar claros, que las condiciones de la compra o del contrato no pueden incluir cláusulas abusivas, y que deben entregarte una factura.
* En caso de discrepancia entre la información que hayas recibido en la publicidad y las condiciones de contratación tienes derecho a que sea efectiva LA MAS FAVORABLE PARA TÍ.

5.- Recibir una especial protección en aquellas situaciones de inferioridad, subordinación o indefensión en que puedas encontrarte individual o colectivamente, por razón de edad, discapacidad, deficiencias de formación, desigualdad con las empresas, lugar de residencia o cualquier otra circunstancia.

Si eres consumidor en Andalucía, quieres conocer tus derechos o quieres poner una QUEJA, RECLAMACIÓN O DENUNCIA pincha AQUÍ.

viernes, 13 de noviembre de 2015

Despachos de abogados: Personas que sufren ANSIEDAD Y DEPRESIÓN ¿qué hacer?

Ansiedad y depresión

Actualmente hay cerca de 2 millones de personas en España diagnosticadas de depresión, un 4% de la población. Si le sumamos la estimación de gente deprimida no diagnosticada, probablemente doblaríamos la cifra. En los despachos de abogados, solemos ver a mucha gente que se encuentra presa de este tipo de trastornos.

La depresión no es un asunto sencillo de abordar, a veces diferenciar la tristeza recurrente de la verdadera depresión clínica es muy dificil. No todo aquel que se siente alicaído está deprimido. Los síntomas son comunes, las causas son complejas y las soluciones difíciles. Ante el aumento de trastornos como la ansiedad o la depresión (la llamada pandemia del siglo XXI), mucha gente no sabe cómo actuar. De hecho, ni siquiera sabe si su tristeza es pasajera, si está sufriendo demasiado o si de verdad necesita ayuda.

No somos los abogados los profesionales adecuados para resolver este tipo de problemas clínicos. Observamos en nuestros clientes cuadros de estrés (en algunos casos agudos) propios de situaciones traumáticas que se viven en los procesos judiciales.

Asi que cuando nos encontramos con alguien en mitad de ese túnel oscuro, el consejo suele ser el mismo: busca ayuda. Todo puede superarse. Pero... ¿qué ocurre cuando uno no puede permitirse pagar la terapia? ¿O cuando se vive demasiado lejos de todo? ¿O no se tiene claro si eso por lo que estás pasando es o no motivo para buscar ayuda fuera?
Desde aquí queremos aportar algo de apoyo para aquellas personas que puedan estar viviendo un proceso controvertido, altamente angustiadas. Existen terapias online que ayudan a identificar casos de depresión y ansiedad. Es gratuita, y está avalada por los comentarios de algunos internautas que se benefician de modelos parecidos alojados en la red. Desde nuestro punto de vista pueden ser muy útiles en procesos iniciales, pero son mucho mas efectivas cuando se combinan con el factor humano. Es decir; la ayuda de un buen terapéuta.

Desde el equipo de abogados de Apuntes Jurídicos queremos decirte...
RECUERDA: El mejor medicamento contra los dolores del alma eres tú.

Un cálido abrazo a través de la pantalla.

P.D: Este video explica que siente una persona que sufre depresión.


jueves, 12 de noviembre de 2015

Qué saber de las estafas por Internet: EL PHISHING

Phising o estafas por Internet:


Las estafas por Internet se conocen con el término phishing, que proviene de la palabra inglesa “fishing” (pesca), y que hace referencia a la captación de datos esenciales para poder sustraer sumas de dinero de cuentas bancarias.
El estafador, conocido como “phisher”, se hace pasar por una persona o empresa de confianza comunicándose con el cliente por cualquier medio que tenga aspecto de oficialidad.

¿Cuáles son las formas más comunes de las estafas o phishing?

  • SMS: Se recibe un mensaje de texto donde se solicitan datos personales. 

  • Llamada telefónica: Se puede recibir una llamada telefónica en la que el emisor suplanta a una entidad privada o pública para que se le faciliten datos personales. 

  • Página web o ventana emergente: Es de las mas usada para realizar estafas por internet o phising . En ella se simula suplantando visualmente la imagen de una entidad oficial, empresas, etc pareciendo ser las oficiales. El objeto principal es que el usuario facilite sus datos personales. La más empleada es la “imitación” de páginas web de bancos, siendo el parecido casi idéntico pero no oficial.

  • Correo electrónico: Esta es el método más conocido para el phising. Los internautas reciben un correo electrónico donde SIMULAN a la entidad o organismo que quieren suplantar para obtener datos del usuario. Los datos son solicitados supuestamente por motivos de seguridad, mantenimiento de la entidad, mejorar su servicio, encuestas, confirmación de su identidad o cualquier excusa, para conseguir cualquier dato

     

¿Cuáles son los medios más comunes para estas estafas?

  • Encuestas en redes sociales: Son anuncios engañosos que aparecen mientras consultas las redes sociales; te piden realizar un test de personalidad o una encuesta de satisfacción, después te solicitan el número de móvil y dan de alta al afectado en un servicio de mensajes «premium», donde se paga por recibir publicidad en el móvil. Este caso es muy común y puede costar más de 60 euros al mes.

  • Estafa de ofertas de trabajo falsas:Existen varias modalidades pero la más peligrosa, es cuando la víctima de phising hace de «puente» de los estafadores para blanquear dinero sin su conocimiento. En el argot policial se les conoce como “muleros”. Esta persona se encargará de hacer que el dinero salga del país trasladando desde su banco, hasta la entidad del phiser. Captan a la gente con la tentadora oferta de trabajar desde casa ganando grandes sumas de dinero. 
  • Jurídicamente en este caso se plantean algunas dudas, existen casos donde los muleros son procesados por delitos de estafa informática, en otros casos como el del tribunal de Las Palmas de Gran Canarias en 2013, que sancionó la conducta de los muleros por blanqueo de capitales
  • Venta de productos Online: Reclamo de ventas que parecen chollos pero que en realidad son ganchos de estafas.

Consejos para prevenir las estafas por Internet:

1.- Descarga la versión más reciente de tu navegador para asegurar que está totalmente actualizado.
2.- El origen de un e-mail se pueden falsificar. Los iconos de candado de los navegadores también se pueden falsificar. Debes estar seguro de que es la página auténtica.
3.- Nunca hagas click en enlaces dentro de un e-mail. Ignora los emails que solicitan acciones, tales como “Su cuenta será cerrada”.
4.- Ten precaución al descargar cualquier software de la red. Los programas espías pueden estar adjuntos a programas legítimos, pueden contener programas de captura para robar tu información. Se deben evitar los salvapantallas, tonos para el móvil gratis y otros regalos. También hay que tener cuidado al abrir adjuntos de e-mail – un vídeo, imagen o PDF— aunque sea de alguien conocido.
5.- Examina tus estados de cuenta bancario y los de tarjeta de crédito.

¿Qué hacer ante una estafa por internet o phising?
  • Recopilar toda la información intercambiada con la persona de contacto en la página, (correos electrónicos, publicidad de la web, comprobantes, facturas, datos de la empresa etc).
  • Si no tienes forma de contactar con alguien de la web, y no te dan una solución satisfactoria, denuncia ante la Policía o la Guardia Civil. Otra forma de denunciar estos delitos o fraudes por Internet es a través de la Oficina del Consumidor de tu Comunidad Autónoma.
  • Asesórate por buenos profesionales.
  • Hay que desconfíar de los vendedores que sólo ofrecen la transferencia como forma de pago y que no dan un teléfono de contacto o evitan hablar por teléfono.

martes, 10 de noviembre de 2015

Ejercicio de motivación para el éxito

EJERCICIO DE MOTIVACIÓN

EXITO ES: Reir mucho y a menudo, ganarse el respeto de las personas inteligentes y el aprecio de los niños; merecer el elogio de los críticos sinceros y mostrarse tolerante con las traiciones de los falsos amigos; saber apreciar la belleza y hallar lo mejor en el prójimo; dejar un mundo algo mejor, bien sea por medio de un hijo sano, de un rincón de jardín o de una condición social redimida; saber que al menos una vida ha alentado más libremente gracias a la nuestra. Ralph Waldo Emerson

El éxito es la capacidad de crear los resultados que uno desea, generando al mismo tiempo valores que le interesen a otros...Así que queridos lectores de este su blog... " La gran finalidad de la vida no es el conocimiento sino la acción" ¡¡¡todos manos a la obra!!!
 

martes, 3 de noviembre de 2015

RELACIONES DE PAREJA I ¿Proporcionan una mayor felicidad?

España se ha convertido en el cuarto país de la Unión Europea con mayor número de divorcios, tras Alemania, Reino Unido y Francia. ¿Por qué se producen tantas rupturas en la actualidad, si las emociones que más vibran en nuestro interior son las del amor y el apego? ¿Existe algo más duro para el ser humano que la soledad y el desamor? ¿Nos dá la pareja algo parecido a la felicidad?

La felicidad es un ESTADO interior que sólo depende de uno mismo y del conocimiento claro de nuestro ser. Este estado no significa tener éxito, experimentar placer o carecer de frustración o dolor. La felicidad es vivir en síntonía con la vida y la realidad, es orientar nuestras acciones de manera coherente a nuestros valores, cualidades y predisposiciones.

Cuando estamos en pareja tendemos a "desresponsabilizarnos" de esta tarea, pretendemos que el "otro" se convierta en el remedio para todos nuestros males y carencias afectivas proyectando en él, nuestros anhelos más queridos y secretos. Esto hace que renunciemos a una parte fundamental de nuestra libertad.

Entonces; sí la pareja no dá la felicidad ¿Qué nos aporta?

1.- Cuando dos personas se encuentran en el amor, se sienten tocadas por una gracia especial, se abren a un movimiento maravilloso, ciegamente movidas el uno hacia el otro. Debemos aprender a gestionar el enamoramiento hacia zonas más profundas del amor comprometido.
 2.- La pareja puede proporcionar AYUDA, entendida como protección ante las dificultades. Ayuda al desarrollo personal y a madurar, apoyando al otro en sus encrucijadas internas.  

3.-Aprendemos a hacer espacio a lo diferente, a respetar lo que nos resulta extraño. Se nos ofrece la posibilidad de crecer a través de la exposición a lo ajeno. Nos proporciona la oportunidad de integrar aquello que no conociamos.
 4.- Aprendemos la ACEPTACIÓN del otro. Cuando elegimos a alguien para comenzar un camino en común, lo hacemos con todas las consecuencias, con todas las bendiciones y con los riesgos que conlleva. ¿Existe algo más gozoso que amar y que nos amen realmente como somos?

5.- Podemos experimentar la grandeza del amor dentro del COMPROMISO. Establecemos un sistema que tiene prioridad sobre todas las cosas, creando una realidad propia que tiene más peso que lo vivido con anterioridad. En el compromiso, dos personas unidas por el amor, toman la decisión de compartir su intimidad, consolidando un camino en común.

La pareja por sí misma no dá la FELICIDAD pero nos dá muchas otras cosas. Nos ayuda a crecer como personas, nos proporciona intimidad, ternura, sexualidad, vinculación, sentido de pertenencia, confrontación... Si tratamos la relación con el cuidado debido y tratamos a la intimidad y el amor de una manera real y respetuosa, podemos acercarnos un tipo elevado de GOZO y ARMONÍA, que nos hará sentirnos unidos y en familia.

* APUNTE: Crecimiento personal es una expansión hacia lo extraño, es un amor hacia lo diferente. En pareja el otro es lo diferente, es siempre el misterio a reconocer y a respetar.